El pasado 3 de abril de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (“LFPPI”), introduciendo cambios relevantes que impactan directamente la manera en que las empresas protegen, gestionan y explotan sus activos intangibles en México.
Si bien la reforma pretende avanzar hacia un sistema más moderno y eficiente, también plantea retos operativos y estratégicos que deben ser cuidadosamente evaluados por los titulares de derechos.
- Un sistema más ágil: impacto en tiempos y estrategias de protección
Uno de los cambios más relevantes es la incorporación de plazos máximos de resolución por parte del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI):
- Hasta cuatro años para patentes y modelos de utilidad
- Hasta dos años para diseños industriales
Esto reduce la incertidumbre jurídica y permite a las empresas planificar con mayor precisión la explotación de sus derechos.
Asimismo, se introduce la posibilidad de publicación anticipada de solicitudes de patente (figura existente en sistemas jurídicos como el de USA, que atiende a circunstancias específicas pero que, por ejemplo, no existen en Europa), lo cual puede ser utilizado estratégicamente para:
- Generar efectos frente a terceros en una etapa más temprana
- Fortalecer posiciones en negociaciones comerciales o de inversión
- Disuadir posibles infractores
Pero también puede representar riesgos como:
- Exposición anticipada de información técnica, lo que puede facilitar estrategias por parte de competidores sobre la misma innovación
- Adelantar la publicación sin una estrategia clara puede debilitar la ventaja competitiva en mercados altamente dinámicos
- Propiedad industrial y tecnología: primeros pasos hacia la regulación de la IA
La reforma incorpora referencias a nuevas conductas infractoras vinculadas con el uso de tecnologías emergentes, incluyendo la inteligencia artificial.
Aunque el desarrollo regulatorio aún es incipiente, resulta claro que las autoridades comienzan a reconocer:
- Nuevas formas de creación y explotación de activos intangibles
- Riesgos asociados al uso indebido de tecnologías
- La necesidad de actualizar los esquemas de protección
Para las empresas tecnológicas y creativas, esto implica la necesidad de revisar sus modelos de negocio y estrategias de protección, especialmente en proyectos que involucren IA.
- Nuevas conductas sancionables y retos tecnológicos
Un aspecto particularmente relevante es la incorporación de supuestos de infracción vinculados al uso de inteligencia artificial, lo cual evidencia la adaptación del marco normativo a los desafíos tecnológicos contemporáneos. Aunque la regulación aún es incipiente, este reconocimiento normativo abre la puerta a futuros desarrollos en materia de:
- titularidad de invenciones generadas con IA,
- responsabilidad por uso indebido de tecnologías, y
- protección frente a nuevas formas de explotación de activos intangibles.
- Marcas: mayor control, pero también mayor exigencia estratégica
La reforma refuerza la lógica de que el sistema marcario no debe ser únicamente registral, sino funcional y vinculado al uso real en el mercado.
- Fortalecimiento del principio de uso efectivo
Ventajas:
- Se robustece la posibilidad de combatir registros especulativos o de mala fe
- Se fortalece la posición de titulares que realmente explotan sus marcas
Riesgos:
- Se incrementa la carga para los titulares de documentar y conservar evidencia de uso
- Portafolios defensivos o marcas “de reserva” pueden volverse más vulnerables a acciones de cancelación
- b) Mayor escrutinio en solicitudes y oposiciones
Se consolida una tendencia hacia un examen más sustantivo por parte de la autoridad, así como un uso más activo de los mecanismos de oposición.
Ventajas:
- Mejora la calidad del registro marcario
- Reduce el riesgo de coexistencias conflictivas
Riesgos:
- Procedimientos potencialmente más largos o complejos
- Incremento en costos asociados a vigilancia, oposiciones y defensa del portafolio
- c) Implicaciones prácticas para empresas
Las empresas deberán migrar de una lógica de acumulación de registros a una de gestión activa del portafolio, lo que implica:
- Auditorías periódicas de uso
- Estrategias claras de explotación comercial
- Monitoreo constante de solicitudes de terceros
- Incorporación de nuevos impedimentos para otorgar registros marcarios.
Si bien, la LFPPI ya introducía varias novedades desde 2020, en esta reforma se introdujeron en el artículo 173 nuevos supuestos encaminados a lo que no será registrable como marca:
- reservas de derechos (títulos de publicaciones y difusiones periódicas)
- reproducción parcial o total de obras
- Signos idénticos o semejantes en grado de confusión a elementos que formen parte o se vinculen al patrimonio cultural, conocimientos y expresiones culturales tradicionales
- Propiedad intelectual colectiva de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas
Si bien, la intención de la reforma se considera positiva, algunos de estos conceptos resultan ambiguos y el alcance de la protección de los mismos no resulta del todo clara.
- Asignaturas pendientes
La reforma dejó de lado algunos temas de suma relevancia de lado, por mencionar algunos:
- Patentes verdes
- Franquicias (cuando México es un gran actor comercial de esta figura jurídica)
- Modelos de negocio
- Combate de rezago en los tiempos de respuesta de las declaraciones administrativas seguidas ante el IMPI (nulidades, caducidades, infracciones, infracciones en materia de comercio)
- ¿Qué deben hacer las empresas a partir de esta reforma?
A la luz de estos cambios, resulta recomendable:
- Revisar portafolios de propiedad industrial para identificar activos estratégicos
- Evaluar la conveniencia de publicaciones anticipadas en solicitudes de patente
- Fortalecer esquemas de licenciamiento y transferencia tecnológica
- Implementar políticas internas relacionadas con el uso de inteligencia artificial
- Anticipar impactos en procesos de auditoría legal y valuación de activos
Conclusión
La reforma a la LFPPI si bien, no atendió algunas necesidades concretas del sistema ya mencionadas, lo cierto es que también representa un avance hacia la modernización del sistema de propiedad industrial en México. Sin embargo, su implementación efectiva será determinante para que los beneficios proyectados se materialicen.
Desde una perspectiva empresarial, el mensaje es claro: el nuevo marco normativo ofrece herramientas valiosas, pero también exige una gestión más sofisticada, informada y estratégica de los activos intangibles.
Las empresas que logren equilibrar adecuadamente los beneficios y riesgos de esta reforma estarán mejor posicionadas para capitalizar sus efectos en un entorno cada vez más competitivo y tecnológico.
En caso de cualquier duda sobre el contenido de esta Alerta, favor de contactar a:
Lidia Velázquez







