El 21 de febrero de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vivienda con orientación social” (el “Decreto”), el cual establece las bases para el desarrollo del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (“INFONAVIT”) como constructor de vivienda.
El Decreto modifica algunas obligaciones patronales en cuanto a las deducciones salariales. Dentro de las modificaciones legislativas, el Decreto impone a los empleadores la obligación de realizar los descuentos salariales correspondientes para la amortización de los créditos hipotecarios, sin que dichos descuentos se suspendan por ausencias o incapacidades, de acuerdo con lo establecido en la Ley del Seguro Social. La Firma considera que el Decreto podría generar potenciales contingencias a los empleadores, incluyendo la determinación de créditos fiscales como obligados solidarios, la pérdida de inscripción en el Padrón del Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), la negativa de Opinión de Cumplimiento, y mayores cargas administrativas para la determinación de las deducciones ante la ausencia de una base gravable vigente.
Por lo anterior, la Firma extiende una invitación a los Clientes a considerar la interposición de un amparo indirecto para suspender la aplicación del Decreto y, en su momento, ampararse en contra de su contenido. En caso de estar interesados, la fecha límite para promover el amparo indirecto es el próximo 8 de abril de 2025.
Nuestro equipo en materia de litigio fiscal está disponible para asesorar y representar a las empresas en contra de la aplicación del Decreto, no dude en contactarnos.
Alberto Díaz de León
Counsel







